DATOS DE LA EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN

 

EASYJET AIRLINE CO. LTD., con domicilio social en Calle Nuñez Morgado, 6, 28036 Madrid y provista de C.I.F. número W- 0069241-H, organiza bajo el nombre easyJet España, una promoción comercial consistente en un sorteo que se realizará en la Terminal 2C del Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona – El Prat (en adelante, “EASYJET” o el “Promotor”).

 

OBJETO DE LA PROMOCIÓN

 

EASYJET organiza la presente promoción con el objeto de sorprender a las personas que se encuentren en las inmediaciones de los tableros de facturación de la aerolínea easyJet en la Terminal 2C del Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona – El Prat. Se animará a todas las personas (definidas en el apartado 2.1) a participar. 

 

La promoción “La ruleta de los 50 millones” se dirige a todas aquellas personas físicas, mayores de 18 años, y que cumplan con los requisitos establecidos en las bases legales del sorteo (en adelante, las Bases), que se incluyen a continuación.

 

La participación en la promoción es gratuita y no implica por parte de los usuarios y consumidores la adquisición onerosa de productos o servicios de la empresa organizadora easyJet España.

 

La promoción se rige por lo dispuesto en estas Bases, en la política de sorteo y en el derecho español que resulte de aplicación.

 

BASES

 

1.         PREMIO

 

Los participantes en la promoción cuyo sorteo se celebrará en el aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-El Prat podrán optar a ganar un bono por persona. Cada bono incluirá un vuelo de easyJet para viajar de Barcelona a Lisboa, Faro o París (idea y vuelta) y una bolsa pequeña de un tamaño máximo de 45 x 36 x 20 cm que debe caber debajo del asiento de delante. El viaje solo será a uno de estos tres destinos a los que vuela la aerolínea desde Barcelona, y será el que toque al girar la ruleta. Se ofrecerá un total de 10 bonos, pero sólo se aceptará un bono por persona. La reserva de los vuelos debe efectuarse con un mínimo de un mes de antelación a la fecha del vuelo, enviando un mail a easyJet@tinkle.es facilitando el código que aparece en el billete obtenido en el sorteo. El vuelo deberá realizarse antes del 13 de junio de 2024, estando excluidos los meses de julio y agosto y los festivos nacionales.

 

El premio obtenido en la promoción será personal e intransferible, por lo que el usuario que lo hubiera ganado en el sorteo no podrá designar a otra persona como receptora del mismo. El usuario ganador no podrá, en ningún caso, solicitar un cambio o alteración en el objeto del premio ganado, ni tampoco su conversión en dinero para el cobro del mismo. El usuario ganador deberá hacer la reserva del vuelo ganado.

 

2.         CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA PROMOCIÓN

 

2.1.  Participantes

 

Sólo podrán participar en el sorteo aquellas personas físicas, mayores de 18 años que se encuentren en el Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona – El Prat el día 13 de junio, a partir de las 11h, y se acerquen a participar en el sorteo.

 

 

 2.2. Ámbito territorial

 

El ámbito territorial de la presente acción promocional se extiende al el Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona – El Prat, en concreto, en la planta P0 de la terminal 2C del aeropuerto.

 

2.3. Duración de la promoción

 

La presente promoción comenzará el día 13 de junio a las 11:00h y se llevará a cabo hasta que se agoten los 10 bonos.

 

2.4. Difusión

 

La presente promoción se dará a conocer a los usuarios el mismo día de la activación en las inmediaciones de la planta P0 de la terminal 2C del Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona – El Prat.

 

 

 3.         MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN

 

3.1. Sistema de participación  

 

EASYJET sorteará los 10 vuelos mediante la ruleta de la fortuna que colocará en la planta P0 de la terminal 2C del aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona – El Prat. Un piloto y un tripulante de cabina de la aerolínea estarán alrededor de la ruleta, interactuando con la gente y buscando participantes que quieran girar la ruleta. Sólo los 10 primeros participantes que caigan en una de las casillas nombradas como ‘Barcelona – Lisboa, ‘Barcelona – Faro’ o ‘Barcelona – París’ serán los premiados. Aquellos usuarios que caigan en la casilla ‘tienes otra oportunidad’, podrán volver a girar la ruleta.

Cuando se hayan entregado como máximo 10 bonos, se retirará la ruleta y se dará por terminada la acción.

3.2. Comunicación a los ganadores

La comunicación de los ganadores se hará en el mismo evento, puesto que el premio se entregará en mano a las 10 primeras personas que caigan en las casillas con premio (mencionadas en la sección anterior).

Los ganadores autorizan a que EASYJET anuncie los nombres de los ganadores en sus plataformas online y a la comunicación posterior que la aerolínea pueda hacer a medios de comunicación.

 

3.3. Entrega de premio

Con el fin de gestionar la compra del vuelo, y de la misma forma que se especifica en los bonos que se entregarán en un sobre, los 10 ganadores deberán ponerse en contacto enviando un mail a easyjet@tinkle.es facilitando el código promocional que aparece en su bono, de forma que la empresa organizadora pueda establecer contacto con el ganador y hacerle llegar el premio obtenido.

En caso de no obtener ninguna comunicación antes del 13 de junio de 2024, el premio se dará por rescindido.

En caso de que la ruta seleccionada no esté disponible por razones operativas, EASYJET ofrecerá al ganador volar a otra ruta disponible en el aeropuerto de salida.

 

4.        OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES Y DESCALIFICACIÓN POR PARTE DE LA EMPRESA ORGANIZADORA

 

Los participantes en la promoción se obligan a actuar de buena fe y en cumplimiento estricto de lo dispuesto en estas Bases para asegurar que la presente promoción se haga con igualdad de oportunidades y con arreglo a criterios habituales de competición. En este sentido, los participantes se obligan a:

 

(a)        Participar en el sorteo siguiendo la mecánica indicada en las Bases.

(b)        Obtención de sólo un bono por usuario. En este sentido, easyJet España podrá   descalificar a un usuario si se detecta una participación fraudulenta en la promoción.

(c)        No participar en el sorteo empleando para ello medios o procedimientos distintos de los que, según los casos, se hayan puesto a su disposición a este efecto o se hayan indicado expresamente en las distintas vías de difusión de la acción.

 

El usuario participante en la promoción acepta que cualquier inobservancia de cualquiera de las Bases constituirá un incumplimiento de las mismas reservándose la easyJet España el derecho de denegar o retirar al usuario participante que haya incumplido, sin previo aviso, la participación en el sorteo. easyJet España tendrá la potestad en último lugar de poder filtrar cualquier participación que bajo su criterio no se ajuste a estas Bases. 

 

En caso de que easyJet España detecte irregularidades con posterioridad a la entrega efectiva del premio, se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la restitución de los premios obtenidos ilegítimamente y la indemnización de los daños y perjuicios causados.

 

5.         FISCALIDAD 

 

El premio objeto de este sorteo está sujeto a lo dispuesto en la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por lo que la Empresa organizadora procederá a realizar la pertinente retención o ingreso a cuenta, de acuerdo con la legislación tributaria.

 

EASYJET informa a los participantes que, dado el valor de los premios, estos no están sujetos a retención o ingreso a cuenta, de conformidad con la normativa aplicable.

 

6.         RESPONSABILIDAD

 

En la medida permitida por la legislación vigente, easyJet España no será responsable de los siguientes daños y pérdidas que pudiera sufrir un usuario mediante su participación en la promoción: daños consecuenciales, pérdidas de ingresos o ventas; pérdida de negocio; lucro cesante o pérdida de contratos; pérdida de ahorros previstos; pérdida de datos; y pérdida de tiempo de gestión o de horario de oficina, y daños punitivos.

 

easyJet España no asume responsabilidad alguna por ningún error, omisión, interrupción, eliminación, defecto, retraso en el funcionamiento o la transmisión, fallos en las líneas de comunicación, robo, destrucción, acceso no autorizado, cancelación del sorteo o imposibilidad de efectuarlo.

 

El usuario manifiesta y acepta que Facebook no patrocina, avala ni administra, de modo alguno, la promoción, por lo que el usuario exime a Facebook de cualquier tipo de responsabilidad que pudiera surgir derivada de la organización y funcionamiento de la promoción.

 

7.         TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

 

A efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que los datos que nos facilite mediante su participación en la presente promoción, facilitados por cualquier vía, serán incorporados a un fichero automatizado de datos de carácter personal creado y bajo la responsabilidad de EASYJET AIRLINE CO. LTD., con domicilio en Calle Nuñez Morgado, 6, 28036 Madrid, con el fin de poder gestionar su participación en la aplicación y en el concurso, y utilizarlos con fines de publicidad y prospección comercial. Asimismo, le informamos que dichos datos podrán ser cedidos a otras empresas cuyas actividades se relacionen con el sector turismo, a fin de que dichas compañías puedan remitirle directamente la información arriba mencionada, incluso por correo electrónico, realizarle encuestas de opinión y tratarlos con fines de estadística y de análisis de tendencias de mercado. En ningún caso, Facebook es responsable de la recogida de los datos mencionados.

 

Le informamos que puede ejercitar los derechos de acceso, modificación, cancelación y oposición de sus datos mediante email a easyjet@tinkle.es.

 

Mediante la aceptación de las presentes Bases, el usuario autoriza expresamente a easyJet España a utilizar su nombre e imagen de forma limitada exclusivamente en lo referido a las actividades de difusión relacionadas con el presente concurso (televisión, prensa, Internet, radio) con fines publicitarios y/o divulgativos, sin que tenga derecho a recibir por ello pago o contraprestación.

 

8.         ACEPTACIÓN DE LAS BASES

 

La participación en este sorteo supone la aceptación plena e incondicional de estas Bases por los interesados y la sumisión expresa a las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe easyJet España. Asimismo, la participación en un concurso de esta naturaleza supone la aceptación de las condiciones de uso de las plataformas Facebook e Instagram. easyJet España se reserva el derecho a modificar estas Bases o las condiciones de la promoción o cancelar el sorteo durante el desarrollo del mismo.

 

9.         JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE 

 

La presente promoción se regirá, en todo aquello no regulado en estas Bases, por la legislación española. Cualquier controversia que surja o guarde relación con la promoción será sometida a la jurisdicción de los juzgados y tribunales. En el caso de que el usuario fuera un consumidor y participará en el sorteo en calidad de consumidor, nada en la presente cláusula afectará a sus derechos que como tal le reconoce la legislación vigente.